Reducto. Edificio en 4 plantas apto para depósito

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

REDUCTO. EDIFICIO EN 4 PLANTAS, APTO PARA DEPÓSITO

MIÉRCOLES 5 DE DICIEMBRE A LAS 15 HORAS EN SARANDÍ 518 – MONTEVIDEO

Colorado Nº 1769 entre Gral. Flores y Marcelino Sosa

EDIFICIO EN 4 PLANTAS APTO PARA DEPÓSITO

Sup. Terreno: 290,59 m² – Sup. Edificada: 950 m² (según C. Catastral)

Garantía: 30% – Comisión e Impuestos: 3,66%

EDICTO: Por mandato de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 4º Turno, en autos “BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY c/ DERALINE S.A. Y ONDYSUL S.A.” – Demanda Ejecutiva – IUE 2-26809/2012, se hace saber que el próximo 5 de diciembre de 2018, desde las 15 horas, en el local sito en peatonal Sarandí 518/20, se procederá por el martillero JORGE VANOLI, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, al remate sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Solar con construcciones y mejoras sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, empadronado con el Nro. 83.620, el que según plano de mensura del Agrimensor Leifert Waksman de enero de 1966 inscripto en la Dirección General de Catastro el 28 de enero de 1966 con el Nro. 53.251, tiene una superficie de 290 mc. 59 dmc. 95 cmc. con el siguiente deslinde: 9 mts. 6 cms. de frente al Suroeste a la calle Colorado puerta de acceso Nro. 1769, distando su punto más próximo 22 mts. 40 cms. de la esquina formada con la calle Marcelino Sosa; 31 mts. 75 cms. al Noroeste linda con el padrón Nro. 83.621; 9 mts. 17 cms. al Noreste limitando con padrón Nro. 83.624 y 32 mts. 40 cms. al Sureste lindando con los padrones Nros. 83.614 y 83.619. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 30% de seña así como la comisión de compra del Rematador más IVA (3,66%), dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total rematado superare las UI 40.000,- se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%). 4) Que se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones. 5) Unicamente podrán descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por contribución inmobiliaria e impuesto de primaria a la fecha del remate. 6) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada. 7) Que la documentación se encuentra a disposición de los interesados en la Sede. 8) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 7 de noviembre de 2018. Dra. Esc. FIORELLA MOREIRA MARIÑO, ACTUARIA ADJUNTA

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Peatonal Sarandí 518 – MONTEVIDEO
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