Soberbia residencia en la zona más exclusiva de Punta del Este

 

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
PRECIO BASE: U$S 59.333

EN LA ZONA MÁS EXCLUSIVA DE PUNTA DEL ESTE

SAN RAFAEL – RINCÓN DEL INDIO

SOBERBIA RESIDENCIA

PADRÓN: 10.426 – ÁREA DEL TERRENO: 2015 M.C. – FRENTE: 44,20 MTS.

Área edificada según cédula: 232 m.c.

Calle Pablo Neruda entre Renoir y Picasso.

Por más info comunicarse con el rematador al 091397280
www.rematemauad.com.uy

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17º Turno, dictada en autos: “MARTINS, ANA c/ PISCIONE, DONATO – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2- 8343/2021, se hace saber que el próximo 24 de noviembre a las 15.30 horas en Uruguay 826, Montevideo, el señor Rematador Michel Mauad, matrícula 3950, RUT 214297450010, asistido de la señora Alguacil de la Sede, procederá a la venta en pública subasta sin base y al mejor postor, en dólares americanos el siguiente bien inmueble: solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden ubicado en la Primera Sección Judicial de Maldonado, Localidad Catastral Punta del Este, Barrio San Rafael, empadronado con el número 10.426, antes 5923 y 5924, el cual según plano del Agrimensor Gastón Pereira Esqueff de junio de 1996 inscripto en la Oficina Departamental de Catastro con el numero 4549 el 17 de julio de 1996, consta de un área de 2015 metros 6 decímetros y describe de la siguiente forma: al Noroeste 44,20 metros de frente a calle 17 metros, al Norte 46,64 metros lindando con solar 21, al Sureste 44,20 metros lindando con solares 111 padrón 5914 y 12 padrón 5913 respectivamente, y al Suroeste 46,64 metros lindando con solar de Luis Peretti. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta al serle aceptada la misma, así como la comisión de compra del rematador e IVA o sea el 3,66% del precio del remate. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados. 3) Que serán de cargo del expediente la comisión e IVA del rematador o sea el 1,22% del precio obtenido más el 1% por concepto de Impuesto Departamental. 4) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate. 5) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 6) Sólo se podrá descontar del precio de remate deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7) Que a la fecha del informe de la Oficina Actuaria existe deuda por concepto de Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria. 8) Que en la Sede se encuentra depositados los antecedente dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos, los que podrán ser examinados por los interesados en la Sede sita en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 2. 9) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las Leyes 19.210 , 19574 en la redacción dada por la Ley 19.889. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Montevideo, 01 de octubre de 2021
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto

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MAUAD
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