REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
VIERNES 19 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
MUY BUENA CASA en BALNEARIO LOS PINOS
Departamento de Colonia
Calles Ibirapitá y Coronilla
Padrón N°13447 Solar 9 Manzana D
Área Terreno 518 m²
Casa ubicada a dos cuadras de la playa, construcción sólida en ladrillo con doble pared y techo de planchada. Living comedor con estufa, dos dormitorios con baño en suite, cocina, garaje, lavadero, barbacoa, todo el perímetro del predio con reja.
Seña 30% y Com. e Imp. 3,66% (en dólares) todo en el acto cumpliendo con lo establecido en las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 1º Turno, dictada en autos: “GONZALEZ EGUREN, LEONARDO Y OTRA c/ CELAYES GORGA, ROBERTO – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-66903/2019, se hace saber que el día 19 de Noviembre de 2021 a partir de las 14 y 30 horas en el Salón de la A.N.R.T.C.I. en La Ciudad de Montevideo, sito en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador PABLO J. ARGENTI Mat. Nº 5429 y RUT 213746410012 en acto presidido por el Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en remate público al mejor postor, sin base y en dólares estadounidenses, el siguiente bien Inmueble: solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden sito en la localidad Catastral de Los Pinos, antes cuarta Sección Judicial de Colonia, zona urbana, empadronado con el número trece mil cuatrocientos cuarenta y siete (N.º 13447), antes en mayor área con el numero mil doscientos cincuenta y nueve (N.º 1259), señalado como solar 9 de la manzana D, según plano de mensura del Agrimensor Guillermo Amonte de agosto de 1987, aprobado por el Municipio el 18 de septiembre 1987, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 9581, el 1 de octubre de 1987, según el cual posee una superficie de quinientos dieciocho metros setenta y cinco centímetros (518,75) y se deslinda asi: al Sur 11 metros 46 centímetros de frente a calle 17 metros de ancho; al Oeste 35 metros con solar 10; al Norte 15 metros con parte del solar 8; al Este 31 metros 46 centímetros también de frente por ser esquina uniendo ambos frentes ochava recta de 5 metros de recorrido, siendo todos los solares del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá de consignar por concepto de seña el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma. 2) Será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios, certificados y demás que la ley pone de su cargo, así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta o sea el 1,22% del precio de remate más el 1% correspondiente al Impuesto Departamental. 4) El mejor postor deberá tener presente que: A) al momento de abonar la seña debe cumplir con lo establecido en las Leyes 19.210, 19.478 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. B) podrá ser imputado al precio la deuda por Contribución Inmobiliaria y/o Impuesto de Enseñanza Primaria. C) deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 5) Se desconoce existencia de deudas ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble , su estado ocupacional y de conservación. 6) Se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en la Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos N° 1309 piso 3, de la ciudad de Montevideo.
Montevideo, 07 de septiembre de 2021
ROSARIO HERMAIZTEGUY CASARAVILLA, Actuario
INFORMES:
PABLO J. ARGENTI GONZALEZ
pjargenti@hotmail.com
Cel. 098 42 38 42