REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 1° SETIEMBRE – 14:30 HORAS
En AV. 8 DE OCTUBRE 4336 – MONTEVIDEO
FRACCIÓN DE CAMPO CON SUS CONSTRUCCIONES
EN DEPARTAMENTO DE CANELONES
PADRÓN Nº 14.847 Solar 5 “A” ´- SUPERFICIE: 7.275 metros con 70 dm
Condiciones de remate: Seña 30% – Comisión 3, 66%.
Será de cargo del comprador los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo. Se descuentas las deudas de contribución inmobiliaria y de impuestos de Educación Primaria. Mantiene deuda ante OSE.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15° Turno, dictada en autos: “BARRACA PARANA S.A. c/ OSORIO SAGARIA, ROBERT – EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 2-14477/2018, Se hace saber que el Martillero JUAN ALFREDO MARTINEZ PEREZ (Matrícula 4786, Rut 210765560011), el día miércoles 1 de setiembre de 2021 a partir de las 14y30 horas, en AV 8 DE OCTUBRE 4336 en la ciudad de Montevideo, procederá en acto presidido por el Sr. Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, del siguiente inmueble: FRACCION DE CAMPO con construcciones y mejoras, ubicado en zona rural de la Sexta Sección Judicial Catastral del Departamento de Canelones, empadronado con el numero CATORCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE (14.847), antes empadronado con el número 9716 en mayor área, señalado con el número 5 A en el plano de mensura remanente del Agrimensor Pablo A. Asuaga Freire de 1997, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el numero 11.289 el 13 de Agosto de 1997, según el cual se compone de una superficie de SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS con SETENTA DECIMETROS, ( 7.275 m 70 dm), y se deslinda así: al NORESTE 32 metros 77 centímetros de frente a Ruta Nacional N° 6; al SURESTE 234 metros 10 centímetros lindando con parte del Padrón 13.893; al OESTE 35 metros lindando con partes de los padrones 13.893 y 9.716; y al NOROESTE 228 metros 05 centímetros lindando con parte del padrón 9.716. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar al aceptársele su oferta y se deberá abonar conforme a lo dispuesto por la Ley 19.210 y modificativas, (en pago electrónico, cheques comunes o de pago diferido certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera a nombre del adquirente), el 30% de la misma en carácter de seña y pagar la comisión de compra del Rematador más Iva: 3,66% del precio de remate. Asimismo, deberá depositar el saldo de precio, deberá realizarse mediante acreditación en cuenta judicial ante el BROU a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos, con un plazo corrido de 20 días, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 2) Serán de cargo del adquirente los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo. 3) Será de cargo de la demandada la comisión de venta del Rematador más Iva: 1,22% del precio. 4) Que será a cargo del expediente el impuesto municipal según ley 12.700 del 1%. 5) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral y del expediente. 6) Que los únicos rubros imputables al precio son lo adeudado por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Educación Primaria hasta la fecha de la subasta. 7) Que el ITP correspondiente a la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración. 8) Que se desconoce la existencia de deudas con el BPS por construcciones y la situación ocupacional del bien. 9) Que existe duda con OSE por costo de obra de red. Montevideo, 29 de julio de 2021. SUSANA del CARMEN FERNANDEZ VILA, Actuario.