Centro. Terreno para construir en altura

REMATE JUDICIAL SIN BASE – EN DOLARES

CENTRO – TERRENO PARA CONSTRUIR EN ALTURA

LUNES 29 DE OCTUBRE A LAS 15 HORAS EN 25 DE MAYO 604 PLANTA BAJA, EDIFICIO “BARREIRO Y RAMOS”

Ubicado en Julio Herrera y Obes 1522/24 casi Uruguay

Solar de terreno de 334 m2 con 10,40 de frente. Lindero a edificio de 11 pisos.

Tiene construido un local comercial en dos plantas. En P.B.

331 m2 y en planta alta 327 m2.

Padrón 5.455

Seña: 30% – comisión e impuestos: 3.66%

Edicto: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno, dictado en autos caratulados “BANCO BANDES URUGUAY S.A. C/ DOKEMIL S.A.”, Juicio Ejecutivo, Ficha 2-422/2017, se hace saber que el día 29 de octubre de 2018 a las 15.00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula Nº 5.328, R.U.T. 213918210016, asistido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: terreno y edificio ubicado en Montevideo, en Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el No. 5.455, el que según plano de mensura del Agr. Abraham Drachman de fecha 27 de julio de 1973 inscripto en la Dirección General de Catastro de Montevideo con el No. 72.327 el día 30 de los mismos mes y año, consta de una superficie de 334 metros 20 decímetros y se deslinda así: al Oeste 10 metros 40 decímetros de frente a la calle Julio Herrera y Obes con puerta de entrada No. 1.522 y 1.524 entre las calle Av. Uruguay y calle Paysandú; al Norte 32 metros 45 decímetros lindando con padrones 5.454 y 5.450; al Este 10 metros 23 decímetros lindando con padrón 5.438 y al Sur 32 metros 35 decímetros lindando con los padrones 5.435 y 5.436.
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210, en dólares americanos y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce el estado de ocupación del bien en la actualidad. 5) Se desconoce la existencia de deudas deconstrucción ante el B.P.S. e Intendencia de Montevideo. Existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 6) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración (como ser Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria) hasta el momento de la subasta. 7 Que el saldo de precio deberá ser consignado el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 19.210 y su Decreto Reglamentario. 8) Que el remate se efectuara sobre la base de lo que surge del expediente, antecedentes dominiales y los certificados registrales agregados oportunamente por el accionante de autos, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, a los 14 días del mes de setiembre de 2018.

INFORMES:

remates@adinet.com.uy

www.estudiofain.com