DISTRIBUCIÓN No se ingresó al inmueble el bien se describe de acuerdo a lo relevado en el lugar.
La casa principal cuenta con estar, 2 dormitorios, baño y cocina; el apto cuenta con dormitorio, cocina y baño.
Detalles:
DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)
QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria (CM 109387):
Paga anualmente según último ejercicio 6 x $ 1.532.-
La intendencia de Canelones incluye algunos rubros en la Contribución Inmobiliaria que la Oficina Actuaria de esta Sede en particular entiende no corresponde descontar, por lo que instamos a los interesados a comunicarse con la comuna canaria a efectos de recabar la información diferenciada, el código municipal del inmueble es 109387, (ver imagen en deuda en sección fotos).
Primaria:
Debe al 28/6/17 $ 6.546.-
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 238.-
PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en US$.-
CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66 % por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo contado o por letra de cambio. (recomendamos letra de cambio)
¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por el 40% del precio que piense ofertar como máximo de forma de quedar cubierto.
¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.
LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC)
VISITAS, OCUPANTES.
El bien se encuentra ocupado, de los certificados registrales no surge ningún arrendamiento inscripto.
DATOS DEL JUZGADO
Juzgado Civil 18°T° IUE 2-14224/2007
Pasaje de los DDHH 1309 piso 2, Montevideo.
Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.
EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE 18o TURNO, dictada en autos caratulados: “VIQUEIRA, MARIA CARMEN c/ URTIAGA ADO, MARIA DEL CARMEN” EJECUCIÓN HIPOTECARIA IUE 2-14224/2007 se hace saber que el 27 de julio de 2017 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula No 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por la SRA. ALGUACIL del Juzgado, se procederá al remate en pública subasta, sin base, en dólares norteamericanos y al mejor postor, sin perjuicio de las facultades otorgadas al Sr. Rematador por la ley No 19.090 Art. 386, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno y demás mejoras que le acceden ubicado en la 18a Sección Judicial del departamento de Canelones, zona urbana, Localidad Catastral Parque del Plata, empadronado con el No 4.394 (cuatro mil trescientos noventa y cuatro), antes en mayor área 35.514, el que según plano de mensura del Agrimensor Francisco de Bellis, inscripto en la Dirección General de Catastro el 3/11/1949, con el No 5398, se señala como el solar 3 de la manzana Q, fracción A2 y tiene una superficie de 464 metros 80 decímetros, y se deslinda así: 20,80 metros de frente al Sureste a la calle G; 7,07 metros que une la calle G con la calle 2, 13,50 metros al Noreste de frente a la calle 2 por ser esquina; 25,80 metros al Noroeste lindando con solar 4; y 18,50 metros al Suroeste lindando con solar 2 todos del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1o) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma únicamente con letra de cambió cruzada emitida por institución de intermediación financiera (Ley 19.210 de inclusión financiera y modificativas). 2o) Será de cargo del comprador la comisión de compra del martillero (3%), más el IVA (0,66%) totalizando 3,66% del precio de remate, que deberá pagarse también en el acto; así como los gastos de escrituración, impuestos y demás que la ley pone a su cargo. 3o) Será de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador (1%), más el IVA (0,22%), más el Impuesto ley 12.700 (1%) totalizando 2,22% del precio de remate; así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo 4o) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse. 5o) Existe deuda por concepto de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria, en su caso sólo se podrá descontar del precio únicamente la deuda que exista por dichos conceptos a la fecha de la subasta. 6o) El mejor postor dispondrá de un plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, para la integración del saldo de precio. 7o) El mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración de la información requerida por el Rematador (Ley 18.494 y decreto Reglamentario 355/2010) pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 8o) No existen en la Sede planos de construcción del bien, solamente de mensura del terreno. 9o) Las eventuales deudas ante OSE no son de cargo del expediente. 10o) La subasta se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, las documentación y certificados registrales presentados, que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de esta Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2o. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 1 de junio de 2017. VERÓNICA GONZÁLEZ GARCÍA, ABOGADA- ESCRIBANA, ACT. ADJUNTA.