
*SUSPENDIDO*
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 1 DE DICIEMBRE 14:30 HORAS
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO
EDIFICIO SYRAH PREMIUM
UNIDAD B/106
DERECHOS DE PROMITENTE COMPRADOR
LAS GRUTAS – PUNTA BALLENA
PADRÓN: 27.516 UNIDAD B/106
SEGUNDO PISO – CON TERRAZA Y PISCINA
Único ambiente con cocina incorporada, baño y salida a terraza y piscina.
Área propia: 31,38 m²
Usos exclusivos: Terraza “R1″ 22,33 m² y Piscina “Y1″ 9,9 ².
Le corresponde el uso de un lugar para estacionar un vehículo en el estacionamiento
del Edificio.
Seña 30% – Comisión + IVA 3,66%
TODO EN EL ACTO
Plazo para el pago del saldo de precio: 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.
Se sugiere consultar a su profesional de confianza, para estudio de expediente,
títulos, adeudos municipales, nacionales y demás.
Si el precio del remate es superior a 1.000.000 unidades indexadas, (1 U.I = $6,4116
al 30/11/25 ), se deberá abonar con letra de cambio o transferencia bancaria.
Si el precio es igual o inferior a 1.000.000 unidades indexadas, (1 U.I = $ 6,4116 al
30/11/25), también se podrá abonar en efectivo.
Leyes Nos. 19.210, 19.478 Y 19.889




EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19º Turno, dictada en autos: “TRUOL FUHR, MAURO c/ ROMERO, FERNANDO – EJECUCIÓN DE PRENDA” IUE 2-81514/2024, se hace saber que el 1º de diciembre a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nos 6970 y 1716 RUT 211808550010 asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor sobre los derechos de promitente comprador del inmueble Padrón N.º 27.516/B/106, que forman parte del Edificio denominado “Syrah Premium”·, ubicado en la localidad catastral Maldonado zona urbana del departamento de Maldonado, empadronado con el Nº 27.516 padrón matriz, resultado de la fusión de los padrones Nos. 15.741, 15.742, 15.743, 15.744, 15.745, 15.754, 15.755, 15.756, 15.764, 15.765 y 15.766, el que según plano de mensura y fusión del Ing. Agrim. Daniel Bianchi de junio de 2013 inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 10.472 el 28/6/2013, se señalan como solares 1 al 5, 14 al 16 y 24 al 26, con una superficie de 12.776 mts. 04 dmts. y se deslinda: al NO línea recta de 20,43 mts. y curva de 40 mts. de diámetro ambos de frente a calle pública de 6 mts. a 17 mts; al NE 61,26 mts lindando con padrón 15.757; al SE 2 tramos curvos que miden: 70,39 mts y 43,89 mts. de diámetro ambos de frente a calle Nº 3 de 17 mts.; al SE 20,06 mts. de frente a calle pública sin nombre, existente por ser esquina uniendo ambos frentes ochava curva de 13,71 mts de desarrollo, al SO 99,02 mts. de frente a calle pública 4 de 17 mts. existente por también ser esquina, uniendo este frente con el anterior ochava curva de 13,50 mts. de desarrollo y al NO línea quebrada compuesta de 2 tramos rectos que miden el primero 58,51 mts. lindando con padrón 15.746 y el segundo mide 58,51 mts. lindando con padrón 15.753. La unidad está empadronada individualmente con el Nº 27.516/B/106: la que según el referido plano, se ubica en Planta Primer Piso, a cota vertical más 5 mts., 20 cmts, tiene una superficie de 31 mts. 38 dmts. y le corresponde el uso exclusivo de la terraza “R1” con una superficie de 22 mts. 33 dmts., ubicada a cota más 5 mts. 15 cmts. y la piscina “Y1” con una superficie de 9 mts. 9 dmts., ubicada a cota más 5,15 mts. a más 6,15 mts. Le corresponde a ésta unidad el uso de un lugar para estacionar un vehículo en el estacionamiento del Edificio. (Cláusula 2da.) SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña, en efectivo o letra de cambio y en dólares estadounidenses el 30 % de su oferta al bajarse el martillo y que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19.210, 19.574 en la redacción dada por la Ley 19.889. 2º) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y la Comisión de Compra del Rematador e IVA, o sea el 3,66% del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e IVA, o sea el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella, Así como la existencia o no de deuda por gastos comunes. 5º) Que solo se podrá descontar del precio de remate deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria, pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de remate y al momento de la integración del precio, no pudiéndose incluir en tales conceptos honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados.6º) Que para el caso que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP e IRPF si correspondiere. 7º) Que luego del remate se deberá ofrecer a la I.M. Maldonado en aplicación del art. 66 de la ley 18.308. 8º) Que en la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que surgen del expediente y documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones Montevideo, 18 de noviembre de 2025. -MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
remates@iocco.com.uy
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 2916 69 10* Cel. 091 010 666