FRACCIÓN RURAL EN DOLORES – SORIANO

Vanoli-Brun Logo

REMATARÁ JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES

DOLORES SORIANO

FRACCIÓN RURAL DE 4 Hás. 4.140 M2

A 2,5 kms. APROX. DE LA CIUDAD DE DOLORES

20010_1 20010_2 20010_3 20010_4 20010_5 20010_6 20010_7

PADRÓN N° 12.342 – 50,10 mts. de frente a Camino del Medio

Garantía: 30%

Com. e Impts.: 3,66%

REMATE: Martes 7 de Noviembre – 15 Hs. en Sarandí 518 (Montevideo) 

EDICTO:  Por mandato del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 7o Turno, en autos “BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A. c/ GOROSTIAGA SERRES, JULIO” – Ejecución Hipotecaria – IUE 2-33299/2016, se hace saber que el próximo 7 de noviembre de 2017 desde las 15 hs., en el local sito en peatonal Sarandí 518/20, se procederá por los martilleros JORGE VANOLI y ALBERTO BRUN, en diligencia presidida por la Sra. Alguacil de la Sede, al remate sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses, del siguiente bien inmueble: Fracción de campo, ubicada en el Ejido de la ciudad de Dolores, 3a Sección Catastral del departamento de Soriano, zona rural, empadronada con el Nro. 12.342, antes parte del padrón Nro. 4487 en mayor área, de acuerdo al plano del Agrimensor Alejandro Poloni, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro – Oficina Delegada de Soriano con el Nro. 10.012 el 21 de diciembre de 2012, según el cual se compone de una superficie de 4 Hás. 4.140 m2 y se deslinda así: al Sur 50 mts. 10 cms. de frente a Camino Vecinal a Dolores; al Oeste línea quebrada compuesta de 5 tramos rectos que miden 30 mts., 4 mts., 70 mts., 50 mts. y 135 mts. 40 cms. corriendo de Sur a Norte, el primero, tercero y quinto y corriendo de Este a Oeste el segundo y cuarto, por medio con padrones Nros. 6201 y 1120; al Norte 276 mts. 70 cms. lindando con parte de los padrones 1121 y 1261; al Este 340 mts. 20 cms. lindando con padrón No 4487 (parte). SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 30% de seña así como la comisión e impuestos del rematador (3,66%) 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1.22). 4) Que los bienes se se rematan en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación e información registral agregada en autos. 5) El mejor postor podrá imputar al precio solamente lo adeudado por Contribución Inmobiliaria y Primaria – si correspondiera – a la techa del remate. 6) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo. 7) Que los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en esta Sede. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 10 de octubre de 2017. Esc. Jacqueline Chico Salgado, ACTUARIA.

INFORMES: Sarandí 518 – Tel 2916 31 31* – www.vanolibrun.com.uy